Un accidente de tránsito puede calificarse como laboral (10:38 a.m.)
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07 de Octubre de 2013
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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia señaló que un juez de instancia no incurrió en error alguno sobre la connotación laboral dada a un accidente de tránsito que le ocasionó la muerte a un trabajador. Según la sentencia, el empleador no se opuso a esta pretensión y manifestó que era lógica, pues el fallecimiento se presentó en horario laboral. Por lo tanto, el alto tribunal concluyó que plantear una controversia sobre la naturaleza del accidente solo ante el resultado adverso del fallo de primera instancia resta peso a los argumentos en sede de casación (M. P. Jorge Mauricio Burgos Ruiz).
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