Los vigilantes y conserjes en Colombia: una realidad más económica que jurídica
El debate sobre los vigilantes y conserjes en Colombia debe analizarse desde una perspectiva tanto legal como económica.
04 de Abril de 2025
Germán Eduardo Ramírez Reyes
Abogado y magíster en Derecho Universidad de La Sabana
Correo electrónico: eduardoramirez5@yahoo.com
En el panorama actual de la seguridad privada en Colombia, se ha generado un debate clave en torno a la distinción entre los roles de vigilantes y conserjes, especialmente en el contexto de las copropiedades residenciales. Esta discusión, lejos de centrarse únicamente en la gestión de riesgos, la eficiencia en la seguridad o la alineación normativa, ha evolucionado precariamente hacia un ámbito netamente económico, donde la supervivencia financiera y los costos asociados con los servicios de seguridad privada se han convertido en factores determinantes a la hora de elegir entre estos dos tipos de servicios. Esta búsqueda de reducción de costos, sin embargo, ha llevado en ocasiones a decisiones que implican riesgos legales para los contratantes.
A modo de analogía, podríamos comparar la situación de los vigilantes y conserjes con la relación entre las aplicaciones de transporte público y los taxis tradicionales, los cuales están sometidos a estrictas exigencias legales. Así como las aplicaciones de transporte han desafiado el modelo tradicional de los taxis autorizados, con una protección de riesgos pobre y precaria, pero menores costos operativos y administrativos, de manera similar las empresas de conserjería y portería se posicionan frente a las empresas de vigilancia, generando confusión sobre sus competencias y funciones dentro del marco normativo.
En Colombia, el debate sobre la contratación de vigilantes o conserjes se ha centrado principalmente en un análisis económico de los costos de los servicios de seguridad privada, sin considerar adecuadamente los riesgos y las implicaciones legales de esta decisión. Es común escuchar expresiones como: “la seguridad consume más del 70 % del presupuesto de una copropiedad” o “la seguridad es muy costosa”, lo que refleja una preocupación más por reducir los costos que por gestionar adecuadamente los riesgos. Además, en muchos casos, se plantea la posibilidad de implementar tecnologías inteligentes como una solución para reducir los costos, sin comprender las implicaciones que estas tecnologías pueden tener en términos de eficacia en la protección y el cumplimiento de las normativas legales.
La actividad de los vigilantes en Colombia está regida por una serie de normativas y regulaciones que buscan garantizar su eficacia y legalidad en el ejercicio de sus funciones. Entre las más relevantes, encontramos el Decreto 356 de 1994, que regula los servicios de seguridad privada en el país. Además, la ley establece que las empresas de seguridad privada deben cumplir con los estándares de formación, control y supervisión, con el objetivo de garantizar una protección adecuada para la propiedad y los bienes de las personas y empresas. La regulación también especifica las funciones de los vigilantes, que incluyen la vigilancia, custodia, control de acceso y prevención de delitos, lo cual los coloca en una posición claramente diferenciada de los conserjes, quienes no tienen atribuciones legales en términos de seguridad.
Los vigilantes están habilitados por la ley para realizar funciones de seguridad, como el control de acceso, la vigilancia de áreas comunes y la prevención de delitos. En cambio, los conserjes se encargan de tareas de mantenimiento y servicios generales dentro de los edificios, como la limpieza y el apoyo administrativo, pero no tienen formación ni autorización para desempeñar funciones de seguridad.
La tendencia a contratar conserjes en lugar de vigilantes, especialmente en las copropiedades, responde principalmente a la necesidad de reducir los costos operativos. Sin embargo, esta elección puede implicar graves riesgos legales. Al contratar un conserje para desempeñar funciones de seguridad, las copropiedades están exponiéndose a posibles incumplimientos de la normativa vigente y a la falta de capacitación adecuada para hacer frente a situaciones de emergencia o delitos. Esto podría generar responsabilidades legales tanto para los administradores como para los copropietarios, en caso de que ocurra algún incidente.
La distinción entre vigilantes y conserjes en Colombia no debe ser vista solamente desde una perspectiva económica, sino también jurídica y de seguridad. Mientras que la contratación de conserjes puede ser una solución más económica, no debe confundirse con el servicio especializado de seguridad que brindan los vigilantes, quienes están sujetos a una normativa específica y tienen la formación y competencias necesarias para garantizar la seguridad en los espacios privados.
Sin embargo, hay una consideración irrefutable, ya que las empresas de vigilancia operan bajo una normativa especial que les permite desarrollar su labor bajo condiciones diferenciadas a las de otras actividades laborales. Según la Ley 1920 de 2018, los vigilantes pueden trabajar hasta 12 horas diarias, siempre que exista un acuerdo formal entre el empleador y el trabajador, el cual debe ser por escrito. Esta situación, en ningún caso, puede ser realizada por una empresa diferente sin licencia.
Por otro lado, las empresas dedicadas a la conserjería y portería están sometidas a una regulación distinta. De acuerdo con el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, los conserjes no pueden trabajar más de 10 horas diarias, ni siquiera con la autorización del Ministerio de Protección Social. Esta restricción responde a la naturaleza de sus funciones, que están orientadas al mantenimiento y no a la seguridad. En consecuencia, los conserjes no pueden realizar tareas relacionadas con la vigilancia de personas o bienes.
Desde una perspectiva económica, la decisión de contratar conserjes en lugar de vigilantes puede parecer atractiva debido a que los costos laborales directos asociados con los conserjes suelen ser menores. Sin embargo, esta elección implica ciertos riesgos tanto legales como operativos. Por ejemplo, el costo de un servicio de vigilancia de 24 horas no podría ser inferior a los 12 millones de pesos mensuales, solo considerando el costo laboral de los vigilantes. Este hecho resalta las implicaciones de tomar decisiones basadas únicamente en la reducción de costos, sin tener en cuenta el cumplimiento de las normativas legales y la efectividad del servicio de seguridad.
Además, las empresas de conserjería deben cumplir con una serie de requisitos legales y laborales que, en muchos casos, no les permiten garantizar un nivel de seguridad adecuado para la protección de personas y bienes. El incumplimiento de estas normativas puede resultar en sanciones severas, que van desde multas hasta la revocación de licencias, en caso de que se presten servicios de vigilancia sin la debida autorización.
En conclusión, el debate sobre los vigilantes y conserjes en Colombia debe analizarse desde una perspectiva tanto legal como económica. Si bien la reducción de costos es una prioridad para muchas copropiedades y empresas, es crucial que se respeten las normativas laborales y legales vigentes para garantizar un servicio adecuado de seguridad. Las empresas de vigilancia, con su régimen laboral especial y respaldo legal, están mejor preparadas para cumplir con los estándares requeridos para la protección de las personas y los bienes. En cambio, las empresas de conserjería no están autorizadas para asumir funciones de seguridad y deben limitarse al cumplimiento de tareas de mantenimiento dentro del marco legal establecido.
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