Trabajadores de confianza y manejo pueden participar en elección de representantes ante el Copaso (5:06 p.m.)
23 de Mayo de 2012
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Nota:
80701
Aunque las normas relacionadas con la obligación de elegir y conformar los comités paritarios de salud ocupacional (Copaso) no establecen el procedimiento a seguir, es deber del empleador establecer los mecanismos que permitan la participación de todos los trabajadores para elegir a sus representantes y que garanticen transparencia y libertad en el ejercicio del voto, indicó el Ministerio de Trabajo. La expresión “todos los trabajadores” incluye a todos aquellos que tengan vínculo laboral con la empresa, como es el caso de los trabajadores de confianza y manejo, si no han sido elegidos como representantes del empleador para el periodo respectivo.
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