Terminación del contrato por vencimiento del término a trabajadora en licencia de maternidad no es justa (11:33 a.m.)
24 de Noviembre de 2011
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Nota:
77493
Si bien el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo permite la terminación del vínculo laboral por el vencimiento de su término, en el caso de la trabajadora en estado de embarazo o en licencia de maternidad esta causal no es justa, más si ella ha cumplido con sus obligaciones laborales y están vigentes las causas que originaron el contrato de trabajo. Por lo tanto, se le debe garantizar la renovación por el mismo término inicialmente pactado, salvo que se solicite autorización del inspector de trabajo para no prorrogarlo. Así lo recordó el Ministerio de la Protección Social, en oficio de septiembre.
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