Si el pensionado por invalidez mejora y la pérdida de capacidad laboral es inferior al 50 %, desaparece el fundamento de la prestación (4:43 p.m.)
01 de Noviembre de 2011
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Nota:
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Cuando en la correspondiente revisión del estado de invalidez se determina que el pensionado por invalidez pierde la calidad de inválido, porque su condición ha mejorado y la pérdida de capacidad laboral es inferior al 50 %, desaparece el fundamento legal que origina la obligación de cancelar la pensión y, en consecuencia, se extingue el derecho a recibir la prestación, recordó el Ministerio de la Protección Social. Lo anterior, sin perjuicio de que interesado pueda solicitar una nueva evaluación, en los términos del artículo 44 de la Ley 100 de 1993.
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