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Restablecen la figura del empleo de emergencia para damnificados por el invierno (5:10 p.m.)

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13 de Diciembre de 2011

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En enero de este año, al amparo del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado en diciembre, el Gobierno creó la figura del empleo de emergencia para los mayores de 18 años afectados por la tragedia invernal, mediante un decreto-ley que posteriormente declaró inexequible la Corte Constitucional. Esa figura fue revivida a través de la Ley 1450 del 2011 (Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014), que acaba de ser reglamentada mediante el Decreto 4691 del 2011. Las condiciones del empleo de emergencia son similares a las de la norma original, es decir, se trata de empleos temporales, sin exceder los seis meses; las personas devengarán el salario mínimo legal vigente, proporcional al tiempo laborado, sin que exceda la jornada máxima legal o fracción de esta; no habrá lugar al pago de aportes parafiscales (Sena, ICBF y caja de compensación familiar); los trabajadores serán afiliados a salud y a pensiones (los porcentajes de cotización serán del 4 % a cargo del empleador) y tendrán derecho a las prestaciones sociales de ley, entre otras condiciones.

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