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Requisitos y trámites claves para acceder a la pensión familiar

Este beneficio aplica para quienes hayan convivido al menos cinco años y cumplan condiciones del régimen pensional al que estén afiliados.

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25 de Junio de 2025

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La pensión familiar es una figura del sistema pensional que permite a los cónyuges o compañeros permanentes sumar sus semanas de cotización con el fin de acceder, de manera conjunta, a una pensión equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. Este mecanismo está dirigido a parejas que si bien cumplen con la edad legal para pensionarse no alcanzan individualmente el número de semanas exigidas para obtener una pensión de vejez. Para acceder a este beneficio los solicitantes deben demostrar una convivencia mínima de cinco años anteriores a la fecha de solicitud y cumplir con los requisitos establecidos según el régimen pensional al que pertenezcan.

En el régimen de prima media, administrado por Colpensiones, se requiere que ambos integrantes estén afiliados al sistema, pertenezcan a los niveles I o II del Sisbén y acrediten, al cumplir 45 años, al menos el 25 % de las semanas exigidas por el Sistema General de Pensiones en ese momento. Además, la sumatoria de semanas entre ambos debe alcanzar las 1.300 requeridas para obtener la pensión de vejez. También deben acreditar la edad mínima establecida: 57 años para mujeres y 62 para hombres, manifestar su imposibilidad de seguir cotizando y no haber recibido previamente la indemnización sustitutiva del derecho pensional. (Lea: Conozca la sentencia en la que se respalda requisito esencial para acceder a pensión familiar)

En el régimen de ahorro individual con solidaridad, los dos solicitantes deben estar afiliados a la misma administradora de fondos de pensiones, haber cumplido la edad mínima para pensionarse, demostrar convivencia durante los cinco años anteriores a la solicitud y contar con un capital conjunto suficiente para financiar una pensión que cubra el grupo familiar. Este régimen contempla que cada uno haya cotizado individualmente un número inferior de semanas al exigido para acceder a la pensión de vejez o a la garantía de pensión mínima.

El proceso de solicitud exige la presentación de una serie de documentos, entre ellos el formato de solicitud de pensión familiar, copia del registro civil de matrimonio o declaración de unión marital de hecho, declaración juramentada de no percibir otra pensión ni subsidios estatales, manifestaciones de terceros sobre la convivencia y documentos de identidad de ambos solicitantes. Una vez radicada la documentación, la administradora de fondos de pensiones procederá a su validación y, en caso de cumplir con los requisitos, expedirá la resolución de reconocimiento. Si la solicitud es negada, los interesados podrán interponer su inconformidad de forma verbal o escrita ante la entidad correspondiente.

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