Reiteran que traslados de funcionarios no pueden obedecer solo a la facultad discrecional del empleador (10:46 a.m.)
13 de Enero de 2012
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Nota:
78389
El Consejo de Estado recordó que aunque un traslado se dé en igualdad de condiciones laborales, debe existir una justificación distinta a la mera discrecionalidad de la entidad nominadora, pues la Corte Constitucional ha reiterado que dicha facultad no es absoluta, sino que tiene como límites los derechos fundamentales del trabajador o de su grupo familiar. Por tal razón, la Sección Segunda confirmó la nulidad de una resolución expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que ordenaba el traslado de una de sus funcionarias, pese a que tenía una niña de cuatro años de edad y su esposo no podía trasladarse con ella. La Sala analizó además que los ingresos percibidos por la funcionaria, aunque continuarían siendo iguales, no tenían el mismo poder adquisitivo en la zona para la cual se efectuaría el traslado (C. P. Bertha Lucía Ramírez).
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