Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Reiteran que entidades territoriales no pueden fijar prestaciones sociales de empleados públicos (4:42 p.m.)

83419

12 de Septiembre de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Ni antes ni ahora existe una norma que permita a las entidades territoriales fijar las prestaciones sociales de los empleados públicos del orden nacional, departamental y local, porque esta función corresponde al Gobierno según la Ley 4ª de 1992. Así lo recordó la Sección Segunda del Consejo de Estado al reiterar que esta potestad es indelegable y no es posible que se intervenga en ella mediante acuerdos u ordenanzas. Sin embargo, aclaró que las asambleas departamentales solo pueden determinar las escalas de remuneración de los empleos de forma técnica y no están facultadas para crear factores salariales. En el caso analizado, el alto tribunal declaró la nulidad de una ordenanza proferida por la asamblea de Boyacá, que modificó el régimen salarial y prestacional de los docentes de ese departamento (C.P. Luis Rafael Vergara).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)