Reiteran que entidades territoriales no pueden fijar prestaciones sociales de empleados públicos (4:42 p.m.)
12 de Septiembre de 2012
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Nota:
83419
Ni antes ni ahora existe una norma que permita a las entidades territoriales fijar las prestaciones sociales de los empleados públicos del orden nacional, departamental y local, porque esta función corresponde al Gobierno según la Ley 4ª de 1992. Así lo recordó la Sección Segunda del Consejo de Estado al reiterar que esta potestad es indelegable y no es posible que se intervenga en ella mediante acuerdos u ordenanzas. Sin embargo, aclaró que las asambleas departamentales solo pueden determinar las escalas de remuneración de los empleos de forma técnica y no están facultadas para crear factores salariales. En el caso analizado, el alto tribunal declaró la nulidad de una ordenanza proferida por la asamblea de Boyacá, que modificó el régimen salarial y prestacional de los docentes de ese departamento (C.P. Luis Rafael Vergara).
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