Reiteran libre formación del convencimiento del juez en materia probatoria (10:46 a.m.)
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11 de Julio de 2013
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Bajo el artículo 61 del Código Procesal del Trabajo, los jueces de instancia tienen potestad para apreciar libremente los medios probatorios allegados al juicio, reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Por ende, los juzgadores pueden evaluar algunas pruebas de forma prevalente o excluyente, sin que esto implique que la decisión adoptada incurra en error por falta de valoración, salvo que sea evidente que la verdad real del proceso es radicalmente distinta a la establecida por el juez, indicó (M. P. Carlos Ernesto Molina).
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