Reincorporación debe tener en cuenta a los trabajadores con mejor derecho (8:20 a.m.)
02 de Enero de 2012
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El Consejo de Estado recordó que aunque el nominador tiene la potestad de seleccionar a quienes ocupan las plazas existentes en la reestructuración, no puede olvidarse que estas deben ser suplidas por los empleados con mejor derecho. La Sección Segunda confirmó la nulidad de un acuerdo expedido por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), mediante el cual se suprimieron algunos cargos y se reincorporaron a empleados provisionalmente. El alto tribunal señaló que se encontró probada la desviación de poder por la expedición del acto de retiro por supresión del cargo de un empleado de carrera, por tener un mejor derecho a la reincorporación frente a otros trabajadores en provisionalidad. “La administración debió vincular en la nueva planta de personal a los empleados que gozaran del régimen de carrera administrativa, sin que pudieran ocuparlos con provisionales”, señaló el fallo (C. P. Bertha Lucía Ramírez).
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