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Reglamentan la prestación de los servicios de rehabilitación física y mental a víctimas de la violencia política (4:16 p.m.)

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10 de Agosto de 2010

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Mediante el Decreto 2973 del pasado 6 de agosto, el Gobierno reglamentó la prestación de los servicios de rehabilitación física y mental a las víctimas de la violencia política y armonizó los regímenes de beneficios en salud consagrados por las leyes 100 de 1993 y 418 de 1997 (orden público) para la población civil víctima de atentados terroristas, combates, secuestros, ataques y masacres ocurridas por el conflicto armado interno. Tales víctimas tienen derecho a la asistencia en salud, con cargo a la subcuenta ECAT del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), en los términos del Decreto 3990 del 2007. El daño físico se extiende a las consecuencias siquiátricas y sicológicas que generan tales agresiones, añade la reglamentación.

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