Recuerdan vigencia y validez de los acuerdos extra convencionales (4:27 p.m.)
20 de Febrero de 2015
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Nota:
99618
Sobre la vigencia de un acuerdo extra convencional que consagra la ineficacia de la extinción unilateral sin respaldo en alguna de las justas causas establecidas en el artículo 7º del Decreto 2351 de 1965, la Corte Suprema se refirió a la línea jurisprudencial de las sentencias SL-873 del 2013, 42830 del 2012 y 36133 del 2010 y ordenó el reintegro de un trabajador al cargo que desempeñaba al momento de su despido (19 de marzo del 2005) y el pago de salarios y prestaciones sociales legales y extralegales dejadas de percibir desde el día siguiente de la desvinculación hasta su reintegro (M. P. Clara Cecilia Dueñas Quevedo y Rigoberto Echeverri Bueno).
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