Reconocimiento de intereses moratorios no aplica a reajustes pensionales (3:44 p.m.)
16 de Abril de 2013
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Nota:
88277
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que el reconocimiento de los intereses moratorios no aplica a los reajustes pensionales ni a prestaciones que no se rigen por la Ley 100 de 1993. En su opinión, dichos intereses se imponen frente a pensiones que deben concederse bajo la normativa integral de esa ley (M. P. Jorge Mauricio Burgos).
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