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Reclamos por falta de afiliación al sistema de pensiones no están sometidos a prescripción extintiva

Las consecuencias derivadas de la falta de afiliación al sistema de pensiones o la ausencia de pago de las cotizaciones no están sometidos a la prescripción extintiva.
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03 de Marzo de 2023

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Debido a que los aportes pensionales al sistema de seguridad social son un elemento constitutivo y fundamental del derecho a la pensión, los reclamos relacionados con la falta de afiliación al sistema de pensiones o la ausencia de pago de las cotizaciones, junto con las consecuencias de tales omisiones, no están sometidos a la prescripción extintiva y, por ende, se pueden reclamar en cualquier tiempo.

A esta determinación llegó la Sala Laboral dentro de un proceso en donde en sede extraordinaria de casación Colpensiones le solicitó casar parcialmente una sentencia proferida por Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en cuanto la condenaron a pagar los aportes pensionales omitidos de una trabajadora que laboró en un colegio, a través de cálculo actuarial por el periodo comprendido entre el 1° de septiembre de 1971 al 31 de agosto de 1975 y del 1° de julio de 1976 al 31 de agosto de 1981 sobre el salario mínimo legal mensual vigente. La entidad fue condenada al no ejercer el cobro coactivo de las obligaciones al empleador (M. P.: Jorge Prada Sánchez).

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