¿Quién certifica la discapacidad de los hijos del contribuyente para efectos de deducción de renta? (11:44 a.m.)
13 de Julio de 2016
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Nota:
124707
El Decreto 1070 del 2013, reglamentario del parágrafo 2º del artículo 387 del Estatuto Tributario, norma que dispone el rango de edades entre 18 y 23 años para los hijos de los contribuyentes de renta y la procedencia de deducciones, expresó que en relación con los hijos de cualquier edad del contribuyente se entenderá que la discapacidad originada en factores físicos o sicológicos será certificada por el Instituto Nacional de Medicina Legal, empresas administradoras de salud o aquellas legalmente competentes. Así lo indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en reciente concepto.
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