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¿Qué ocurre ante la imposibilidad de un reintegro laboral? (12:07 p.m.)

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03 de Marzo de 2020

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Una sala de descongestión de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, con base en una providencia del 2017, sustentó la imposibilidad del reintegro laboral. En este aspecto indicó que en el derecho de las obligaciones, y ante la imposibilidad sobrevenida y definitiva de un reintegro, procede el equivalente pecuniario de este “perpetuatur obligatio en la aestimatio pecunia”. Lo anterior significa que de no ser posible el cumplimiento de la obligación in natura procede la entrega de un subrogado pecuniario que satisfaga el derecho del trabajador. Por ejemplo, ante el hecho indiscutible de la extinción total de una entidad a la cual debía ser reintegrado un trabajador se deben acoger otras soluciones jurídicas que restablezcan en forma adecuada y proporcional los derechos que le fueron vulnerados a este empleado (M. P. Donald José Dix Ponnefz, magistrado de descongestión).

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