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Procesos liquidatorios deben garantizar derechos laborales (4:40 p.m.)

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14 de Mayo de 2013

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Aunque la Sentencia C-71 del 2010 permite la terminación de contratos laborales como consecuencia de la declaratoria de insolvencia empresarial, también señala como fundamental que se garanticen los principios laborales consagrados en los artículos 25 y 53 de la Constitución. Por lo tanto, los procesos liquidatorios deben respetar los derechos de los trabajadores y, en ese sentido, las acreencias laborales deben tener una efectiva prelación frente a las demás deudas asumidas por la empresa y ser pagadas, inclusive, conforme a las condiciones pactadas en convenciones colectivas.

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