Laboral
Abogados no serán multados por interponer recurso de casación laboral sin cumplir requisitos
25 de Marzo de 2011
Los abogados ya no podrán ser multados por interponer recursos de casación en materia laboral sin cumplir los requisitos legales.
Esta es la consecuencia de una reciente decisión de la Corte Constitucional, que declaró inexequible la disposición de la Ley de Descongestión Judicial (L. 1395/10) que facultaba a la Corte Suprema de Justicia para imponer esa sanción.
La norma, que modificó el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo, señalaba que si la demanda no reunía los requisitos o no se presentaba en tiempo, se declararía desierto el recurso y se le impondría al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos mensuales.
La Corte concluyó que el castigo era arbitrario e irrazonable, a pesar de que el fin de descongestionar los despachos judiciales es legítimo. Además, consideró que las multas son innecesarias, debido a que la legislación establece otro tipo de medidas correctivas contra los abogados que interponen demandas de casación de forma errónea, como la inadmisión del recurso o las posibles sanciones consagradas en el Código Disciplinario del Abogado.
La providencia, dada a conocer mediante comunicado de prensa, también advierte que este tipo de sanciones consagran un régimen de responsabilidad objetiva proscrito por la Constitución.
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