Principio de ‘ius variandi’ debe ceder cuando se enfrenta a intereses superiores del menor (2:43 p.m.)
125143
13 de Agosto de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Consejo de Estado determinó que la facultad de ius variandi con la que cuenta la administración debe ceder ante la protección de intereses superiores, como los de los niños. Así, cuando la facultad discrecional con la que cuentan las entidades estatales para reubicar a sus funcionarios por motivos del servicio se enfrenta a la posibilidad de una ruptura grave del vínculo familiar del afectado con la medida, debe prevalecer el derecho del trabajador y el de sus familiares. En esos casos, dice la corporación, se presenta la amenaza grave o violación irremediable de los derechos del funcionario en los cuales la jurisprudencia constitucional ha reconocido la posibilidad de acudir a la tutela como mecanismo excepcional para atacar decisiones administrativas de traslado. Con esas previsiones, la sala tuteló los derechos fundamentales de una integrante de la Fiscalía, cuya orden de traslado afectaba sus garantías y las de su hija en materia familiar, como quiera que era madre cabeza de hogar (C. P. Gerardo Arenas).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!