Prestación económica al trabajador incapacitado no es viable, si el contrato está suspendido (4:38 p.m.)
28 de Febrero de 2013
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Nota:
86635
El reconocimiento de prestaciones económicas por parte del Sistema de Seguridad Social en Salud a sus afiliados cotizantes no es viable cuando estos están incapacitados o en licencia de maternidad o paternidad y, simultáneamente, disfrutan de una licencia temporal o suspensión del contrato, ya que dicho reconocimiento económico tiene como fin servir de auxilio monetario ante la imposibilidad de recibir de forma íntegra el pago de salario que recibiría como retribución por su trabajo. Así lo indicó el Ministerio de Salud, en oficio de diciembre.
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