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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Presentarse a laborar en estado de embriaguez puede constituir justa causa de despido (1:41 p.m.)

16 de Febrero de 2015

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Nota:
99734
Respecto a la gravedad del hecho de que un trabajador se presente al trabajo en estado de embriaguez, vale la pena advertir que, en nuestro ordenamiento jurídico, el Código Sustantivo del Trabajo (CST) presume que, de por sí, ese tipo de comportamiento resulta contrario al recto desempeño de las obligaciones laborales, pues lo consigna expresamente como una prohibición a los trabajadores, en el numeral 2º del artículo 60. Así lo sostuvo la Corte Suprema de Justicia al recordar que esa limitación tiene su razón de ser en la preservación de bienes jurídicos de significativa importancia, como la prestación del servicio en óptimas condiciones y la prevención de riesgos para la integridad del trabajador, de sus compañeros y de los bienes de la empresa. De acuerdo con la corporación, el hecho de presentarse al trabajo en estado de embriaguez, de por sí calificado como negativo en la legislación laboral interna, puede tener diferentes niveles de gravedad, en función de las labores que desempeñe el trabajador y del entorno profesional dentro del cual se sitúe. Por ello, indicó que la gravedad de la conducta y la proporcionalidad de una decisión de despido deben ser examinadas en relación con las circunstancias particulares de cada caso y, de cualquier manera, atendiendo factores tales como la labor que desarrolla el trabajador, el contexto y las demás condiciones medioambientales en las que se desarrolla (M.P. Rigoberto Echeverri Bueno).

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