Pignoración de cesantías para cubrir deudas con fondos de empleados es viable (3:10 p.m.)
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07 de Mayo de 2013
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De acuerdo con lo previsto en el Decreto 1481 de 1989, por el cual se determinó la naturaleza, características y constitución de los fondos de empleados, los préstamos adquiridos por un trabajador frente a estas entidades son susceptibles de ser descontados directamente, es decir, pignorados, por la entidad pagadora del auxilio de cesantías, siempre y cuando exista autorización expresa y previa del trabajador. Así lo precisó el Ministerio de Trabajo, en concepto de enero.
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