Pensionados podrán acceder a servicios de las cajas de compensación familiar (3:25 p.m.)
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16 de Julio de 2013
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Acaba de modificarse el artículo 6º de la Ley 71 de 1988, para ordenar a las cajas de compensación familiar prestar servicios a los pensionados con mesadas hasta los 1,5 salarios mínimos mensuales, sin importar si pertenecieron al sector privado o público. De esta manera, los jubilados presentarán a la caja a la que estuvieron afiliados en su última vinculación laboral la documentación necesaria para reingresar con sus beneficiarios, sin necesidad de cotización.
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