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Ordenar aumento de salarios superiores al mínimo no le corresponde al juez laboral: Corte Suprema (4:36 p.m.)

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01 de Julio de 2014

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La Corte Suprema de Justicia reiteró que “no le corresponde al juez laboral ordenar aumentos salariales, salvo que se vea afectado el salario mínimo”. En este sentido, se refirió a la Sentencia 12213 de 1999 en la que precisó que no es el juez laboral, mediante el trámite de un proceso ordinario, el llamado a estabilizar el desequilibrio que se presenta cuando transcurre un período de tiempo y no se aumenta el salario de los trabajadores, a pesar de que el índice de precios al consumidor (IPC) en dicho lapso haya aumentado (M. P. Gustavo Hernando López).

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