Ordenan expedir tarjeta de residencia en San Andrés a ganadora de concurso de méritos
21 de Diciembre de 2022
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia amparó los derechos fundamentales a la igualdad y al trabajo afectados por la Oficina de control, circulación y residencia del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (OCCRE), al no expedirle la tarjeta de residencia a la accionante.
Lo anterior dado que la accionante busca posesionarse en el empleo público de carrera en la Rama Judicial en el cargo de Oficial Mayor o Sustanciador de Juzgado Civil del Circuito, al cual se hizo merecedora a través del concurso de méritos, situación que no se le ha permitido por la negativa de la OCCRE, entidad que indica que no cumple con las funciones determinadas en la Sentencia C-530 de 1993 para ser merecedora de la tarjeta, ser funcionaria del orden judicial con jurisdicción y el no cumplimiento de los requisitos para la contratación de trabajadores no residentes establecidos en el Decreto 2760 de 1991 y el Acuerdo 001 del 2002.
Sin embargo, para la alta corte si bien es cierto que la sentencia mencionada indica que la excepción contenida en ella se aplica para todos los funcionarios públicos del orden nacional que ejercen jurisdicción, entendida esta como la facultad para impartir justicia a través de providencias judiciales, a juicio de la Sala, dada su condición de empleada judicial, ejerce función pública y no habría razón para no ser incluida dentro de la excepción contemplada en la sentencia sin finalidad legítima que justifique este trato diferenciado (M.P: Gerardo Botero Zuluaga)
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