Omisión del empleador de afiliar al trabajador al ISS, existiendo cobertura, da lugar a la elaboración del cálculo actuarial y pago del monto (11:40 a.m.)
10 de Noviembre de 2011
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Nota:
77142
Si, existiendo cobertura del Instituto de Seguros Sociales, el empleador omitió la afiliación del trabajador al sistema de seguridad social y no efectúo los trámites necesarios para inscribirlo, se podría aplicar lo previsto en el literal d) del parágrafo primero del artículo 9 de la Ley 797 del 2003, es decir, solicitar al instituto la elaboración del respectivo cálculo actuarial, por los años en los que estuvo trabajando sin cotizar para pensión, y cancelar la suma correspondiente. En caso de rehusarse al pago, el trabajador podrá iniciar un proceso ante la justicia ordinaria, para que un juez dirima el conflicto presentado. Así lo indicó el Ministerio de la Protección Social, en concepto de agosto.
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