Objetan proyecto de ley de reconocimiento de relación laboral entre madres comunitarias y el ICBF (3:38 p.m.)
26 de Enero de 2017
Reproducir
Nota:
53830
El Ejecutivo hizo reparos a 16 artículos del proyecto de ley que reconoce expresamente la relación laboral entre las personas que prestan sus servicios como madres comunitarias, madres Fami, sustitutas y tutoras y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Los argumentos que presenta el Gobierno son de inconveniencia e inconstitucionalidad de la propuesta. Dentro de las objeciones de inconstitucionalidad indicó que “no cabe duda de que este artículo modifica la estructura de la administración nacional, en particular del ICBF. Esto resulta contrario a lo preceptuado en los artículos 150, numeral 7, y 154 de la Constitución, normas que prescriben que las leyes que determinan la estructura de la administración nacional solo pueden ser dictadas o reformadas por iniciativa del Gobierno nacional”. Debido a que el proyecto de ley interfiere con la estructura de la administración nacional y a su vez con el impacto de las finanzas públicas, Minhacienda rindió en dos oportunidades concepto negativo, advirtiendo el impacto fiscal de las medidas adoptadas, dice el documento. En cuanto a las objeciones de inconveniencia, señaló que la madre comunitaria en ningún momento recibe salario de parte del ICBF por la labor realizada, pues la contribución económica o “beca” que hace esta entidad para el desarrollo del programa de hogares comunitarios es un dinero para atender única y exclusivamente los gastos del programa (artículo 1° del Decreto 2019 de 1989). En consecuencia, para la Presidencia de la República la vinculación laboral de las madres comunitarias al ICBF supondría un desconocimiento de la naturaleza y características del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar, así como del rol del instituto en la ejecución del programa.
Opina, Comenta