Notificación de embarazo es necesaria para obtener indemnización por desconocimiento de la estabilidad laboral reforzada (9:00 a.m.)
11 de Diciembre de 2012
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Nota:
85275
La Corte Constitucional recordó que la notificación de embarazo a los empleadores por parte de las trabajadoras gestantes es necesaria para el reconocimiento de la indemnización por violación del derecho a la protección laboral reforzada, aun cuando ello no sea requisito para el reconocimiento del amparo. Así lo destacó la corporación, mediante la sentencia T-900 del 2012, apelando a lo dispuesto en el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo. La providencia también destaca que el hecho de que el empleador no sea notificado de la gravidez de su empleada no obsta para que desconozca el fuero que debe garantizarle, que señala que ninguna mujer puede ser despedida por estar embarazada o en periodo de lactancia y que aquella que pierda el empleo sin autorización tendrá un indemnización de 60 días de salario y 12 semanas de descanso pagadas, con derecho a prestaciones (M.P. Jorge Ignacio Pretelt).
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