No procede la indexación de la pensión sanción: Corte Suprema (8:20 a.m.)
08 de Septiembre de 2011
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Nota:
75314
Aunque la Corte Constitucional decidió, en el 2006, que la pensión sanción debe reajustarse según el Índice de Precios al Consumidor, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró su tesis de que la misma no puede indexarse, si se causó antes de la vigencia de la Constitución de 1991 (M.P. Jorge Mauricio Burgos).
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