No es indemnizable el accidente de trabajo si se realizan labores diferentes al cargo (10:00 a.m.)
27 de Mayo de 2013
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Nota:
89058
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia decidió no casar una sentencia que negó la indemnización por accidente laboral, al considerar que el empleador no está obligado a indemnizar al trabajador que sufre un accidente de trabajo si la actividad que lo causó no es propia de sus funciones y su cargo. A juicio del alto tribunal, le asiste razón al ad quem, que señaló que el trabajador sufrió un accidente en una actividad que no tenía programada dentro de su cargo, ni fue una orden emitida por su superior. En cambio, el accidente que le ocasionó la pérdida de la visión ocurrió porque un compañero le solicito colaboración para desempeñar una tarea que no estaba a su cargo (M. P. Carlos Ernesto Molina Monsalve).
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