Multa por demandas que no reúnan requisitos o no se presenten a tiempo será de 10 SMMLV: Sala Laboral de la Corte Suprema (11:27 a.m.)
10 de Febrero de 2011
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Nota:
71944
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia aclaró que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1395 del 2010, se impondrán multas en cuantía de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), para todos los casos en los que la demanda no reúna los requisitos, o no se presente a tiempo, tal como lo dispone el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
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