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Mintrabajo regula evaluaciones médicas laborales y actualiza requisitos de historia clínica ocupacional

Se protege la privacidad del trabajador prohibiendo el uso discriminatorio de pruebas médicas sin consentimiento.
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Este es el proceso de recepción y trámite de la solicitud de eutanasia (Freepik)

08 de Mayo de 2025

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El Ministerio del Trabajo expidió una resolución mediante la cual se reglamenta la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales en Colombia. Esta normativa establece los lineamientos para la realización de exámenes médicos de preingreso, periódicos, de egreso, post-incapacidad, de retorno laboral y de seguimiento. Asimismo, define directrices relacionadas con la periodicidad de estas evaluaciones, la confidencialidad de la información, los criterios técnicos aplicables y las responsabilidades asignadas a empleadores, trabajadores, prestadores de servicios de salud y administradoras de riesgos laborales (ARL).

El principal objetivo de la resolución es garantizar condiciones laborales seguras y saludables, a través de evaluaciones médicas ajustadas a los perfiles de los cargos y a los factores de riesgo identificados en cada entorno de trabajo. Entre los aspectos regulados se incluyen el contenido mínimo de las historias clínicas ocupacionales, los mecanismos de custodia de la información médica y los protocolos específicos para la detección de riesgos laborales. Además, la norma prohíbe prácticas discriminatorias, como la exigencia de pruebas de embarazo, salvo en circunstancias justificadas y con el consentimiento expreso de la trabajadora. (Lea: Empleadores no pueden solicitar la realización de pruebas de embarazo o de serología, salvo razones objetivas)

Dentro de las obligaciones del empleador se encuentran asumir los costos de las evaluaciones médicas, realizar dichas pruebas dentro de la jornada laboral y adecuar el entorno de trabajo conforme a los conceptos emitidos por el personal médico. A su vez, los trabajadores deben asistir a las evaluaciones, acatar las recomendaciones derivadas de estas y participar activamente en las pausas laborales orientadas al bienestar físico y mental. Por su parte, las ARL están obligadas a brindar asistencia técnica y a apoyar la ejecución de campañas de prevención y promoción de la salud.

La resolución dispone que únicamente profesionales de la salud con licencia vigente en seguridad y salud en el trabajo podrán realizar estas evaluaciones. Se autoriza, además, la utilización de la modalidad de telemedicina bajo condiciones previamente establecidas. Las historias clínicas ocupacionales tendrán carácter confidencial y solo podrán ser divulgadas con autorización escrita del trabajador o por requerimiento de una autoridad judicial. La norma exige que estos documentos se conserven por un periodo mínimo de 20 años.

Además, se establecen sanciones para el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la resolución, aplicables a empleadores, trabajadores, ARL y prestadores de servicios de salud. La supervisión y control del cumplimiento estarán a cargo del Ministerio del Trabajo, la Superintendencia Nacional de Salud y las secretarías de salud departamentales o distritales.

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