MegapensionesInconstitucionalidad de megapensiones solo puede aplicarse a pensiones causadas desde el 31 de julio del 2010 (3:19 p.m.)
31 de Agosto de 2015
Reproducir
Nota:
103373
Así lo determinó el Consejo de Estado, al interpretar que el tope de 25 salarios mínimos allí fijado solo puede tener cabida para los derechos pensionales que se causaran a partir de la entrada en vigencia del Acto Legislativo 1 del 2005. Dado que el 31 de julio del 2010 empezaba a regir esa reforma constitucional al esquema pensional en Colombia, una acción de tutela fallada por la Sección Primera indica que la Sentencia C-258 del 2013, que declara inconstitucional el régimen pensional de congresistas (artículo 17 de la Ley 4ª de 1992), no puede tener aplicabilidad para las pensiones causadas antes de la entrada en vigencia de la reforma. Teniendo en cuenta que el fallo de la Corte ordenaba reliquidar todas las pensiones que superaran el tope, el Consejo de Estado aclaró que solo puede aplicarse a los derechos pensionales reconocidos y causados entre el 31 de julio del 2010 y el 1º de julio del 2013, que fue la fecha en la cual el tribunal constitucional planteó el punto de partida de los efectos del fallo C-258 del 2013 (C. P. Marco Antonio Velilla).
Opina, Comenta