Los jueces de instancia deben hacer uso del poder discrecional de decretar pruebas de oficio para buscar el esclarecimiento de la verdad (11:20 a.m.)
13 de Diciembre de 2011
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Nota:
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Las autoridades judiciales de instancia no pueden sustraerse al simple esclarecimiento de aspectos esenciales de la controversia y evadir la posibilidad de usar sus potestades oficiosas e inquisitivas en búsqueda de la verdad, pues la sentencia definitiva puede traducirse en vulneración a los derechos constitucionales al debido proceso y el acceso a la administración de justicia. Así lo señaló el Consejo de Estado en sentencia de tutela dada a conocer recientemente y en la cual la Sección Segunda amparó dichos derechos a una persona a la que se le negó el reconocimiento de la pensión de sobreviviente. Según el tribunal de instancia, no estaba plenamente demostrado que la reclamante fuera la compañera permanente del causante. Sin embargo, la Sala señaló que con la simple confrontación de los testimonios, el juez podía llegar a una conclusión distinta, por lo que su omisión representó vulneración de derechos de la accionante (C. P. Víctor Hernando Alvarado).
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