Valor de los copagos depende del ingreso base de cotización del cotizante y las tarifas pactadas por la EPS con las IPS (11:30 a.m.)
04 de Abril de 2012
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Nota:
79923
Los copagos que cobran las entidades promotoras de salud (EPS) por los servicios no exentos de estos dependen del ingreso base de cotización del cotizante, teniendo en cuenta el valor de las tarifas pactadas con las instituciones prestadoras de servicios (IPS). El valor por concepto de copagos cuando el ingreso es menor de dos salarios mínimos legales mensuales será de 11,5 %, cuando sea entre dos y cinco salarios mínimos será del 17,3 % y cuando sea mayor a cinco salarios mínimos será del 23 %, precisó el Ministerio de Salud. En el caso de los servicios no exentos y prestados en el mismo año calendario por una patología específica, sin importar el número de servicios que se realicen ni su cuantía, el valor no podrá exceder del 80,7 %, 115 % o 230 % de un salario mínimo legal mensual vigente, según el ingreso base de cotización del afiliado cotizante mencionado anteriormente, señaló.
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