Traslado de empleados conlleva menoscabo de derechos si es intempestivo y afecta la unidad familiar (1:49 p.m.)
08 de Agosto de 2011
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Nota:
75631
Aunque no toda desintegración del núcleo familiar implica por sí misma la improcedencia del traslado de un empleado, en aquellas circunstancias en que el acto administrativo se haya expedido de manera intempestiva y afecte gravemente la unidad familiar y la salud es procedente la nulidad de la decisión administrativa. Por tal razón, el Consejo de Estado declaró la nulidad de una resolución expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que ordenó el traslado de una de sus funcionarias de Bogotá a la seccional Neiva. Según la Sección Segunda, el traslado desmejoró las condiciones laborales de la actora e implicó traumatismos de índole familiar y personal, pues fue expuesta a una desorganización económica y familiar al tener que dejar su residencia habitual y someterse a gastos de arrendamiento, alimentación, vestuario y educación para sus hijas, con menoscabo de sus derechos fundamentales (C. P. Bertha Lucía Ramírez).
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