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Laboral


Trabajadores asociados deben afiliarse al sistema de salud en calidad de independientes

Las cooperativas de trabajo asociado deben realizar la afiliación y pagar los aportes en los porcentajes establecidos en los contratos de trabajo.
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01 de Agosto de 2011

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La afiliación de los trabajadores vinculados a las cooperativas de trabajo asociado al Sistema General de Seguridad Social en Salud se realiza en calidad de independientes, aclaró el Ministerio de la Protección Social.

 

Según la entidad, aunque las normas que regulan el Sistema  General de Seguridad Social se refieren al afiliado cotizante, sin distinguir entre trabajadores dependientes, independientes o asociados, en la Ley 1233 del 2008 se realizaron algunas precisiones.

 

Así las cosas, las cooperativas de trabajo asociado deben afiliar a los trabajadores asociados al sistema de salud y pagar los aportes en los porcentajes establecidos en los contratos de trabajo.

 

Como entre la cooperativa y los trabajadores asociados no existe ningún vínculo laboral o relación de dependencia, sino una vinculación regida por los estatutos cooperativos y el trabajo asociado, la afiliación se hace en calidad de trabajador independiente, precisó el ministerio.

 

(Minprotección, Cpto. 140230, mayo 19/11)

 

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