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Trabajador que participa en cese de actividades declarado ilegal puede ser despedido con justa causa, reitera la Corte (3:43 p.m.)

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05 de Junio de 2013

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La responsabilidad gremial por el despido de un trabajador que participó en un cese de actividades declarado ilegal tiene una regulación distinta a la terminación con justa causa del contrato laboral. Así lo señaló la Corte Suprema de Justicia al precisar que al haberse declarado ilegal el cese de actividades y despedido el trabajador involucrado en el mismo, resultan aplicables los artículos 374, 379, 380, 381 y 450 del Código Sustantivo del Trabajo. Por otra parte, el alto tribunal reiteró que los aspectos disciplinarios del trabajo, que son por esencia de carácter correctivo y por tanto previstos en estatutos internos de la empresa y frente a cierto tipo de funcionarios por códigos dictados por el legislador de turno, no pueden confundirse con las justas causas del despido (M. P. Luis Gabriel Miranda Buelvas).

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