Trabajador de dirección tiene derecho a devengar recargos nocturnos (11:50 a.m.)
16 de Octubre de 2012
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Nota:
83899
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia advirtió que el trabajador de dirección, confianza y manejo tiene derecho a devengar recargos nocturnos. La corporación afirmó que aunque estos trabajadores están excluidos de la jornada máxima legal y, por ende, no devengan aumentos por laborar horas extras, esto no aplica a la remuneración fijada para el recargo nocturno. Al respecto, recordó que las normas que establecen restricciones o excepciones no son aplicables por analogía (M.P. Elsy del Pilar Cuello).
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