Si una persona recibe dos pensiones de manera simultánea, debe cotizar a salud sobre dichos ingresos (8:00 a.m.)
28 de Junio de 2012
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Nota:
81982
Cuando una persona percibe una pensión de sobrevivientes y de vejez en forma simultánea, debe cotizar a salud por las dos pensiones que percibe, pues de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 del Decreto 806 de 1998 los pensionados por jubilación, vejez, invalidez, sobrevivientes o sustitutos, bien sea del sector público o privado, son cotizantes obligatorios del régimen contributivo, señaló el Ministerio de Salud. En este caso, la base de cotización no puede superar los 25 salarios mínimos y los aportes deben ser girados a la misma entidad promotora de salud, para efectos de evitar multiafiliación, indicó la entidad
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