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Si bien el derecho a la negociación colectiva de los empleados públicos no es pleno, pueden llegar a acuerdos respetuosos (4:45 p.m.)

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29 de Agosto de 2012

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Aunque el derecho a la negociación colectiva de los empleados públicos no es pleno, se prevé la posibilidad de concertar condiciones laborales, según lo previsto en el Decreto 535 del 2009, recordó el Ministerio de Trabajo. De acuerdo con esta norma, las organizaciones sindicales presentarán la respectiva petición de concertación, la cual puede efectuarse cada dos años, luego se adelantará el proceso dentro de los 20 días calendario siguientes y, una vez concluido, se expedirán los actos administrativos a que haya lugar o se dará respuesta motivada de las razones que niegan la solicitud. A los convenios logrados se les da el nombre de acuerdos respetuosos.

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