Laboral
Si afiliación a caja de compensación se suspende por mora, empleador debe asumir subsidios
10 de Octubre de 2012
Reproducir
Nota:
25780
La calidad de miembro o afiliado a una caja de compensación familiar se suspende por mora en el pago de los aportes correspondientes, según lo previsto en la Ley 21 de 1982, señaló el Ministerio de Trabajo.
En consecuencia, el afiliado no tendrá derecho a disfrutar de los servicios de recreación, turismo y educación ni al pago de los respectivos subsidios.
Sin embargo, como el pago de aportes parafiscales es una obligación legal, el trabajador puede exigir que el empleador asuma directamente los beneficios que ha dejado de percibir.
(Ministerio de Trabajo, Concepto 371830, oct. 1º/212)
Opina, Comenta