Secretarías de salud municipales deben vigilar tiendas naturistas de municipios categoría 1, 2 y 3 (3:17 p.m.)
11 de Octubre de 2012
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Nota:
83955
De acuerdo con lo previsto en la Resolución 126 del 2009, las secretarías de salud municipales y distritales son las entidades competentes para desarrollar visitas a las tiendas naturistas de los municipios de categoría especial 1, 2 y 3, mientras que las secretarías de carácter departamental deben ejercer actividades de inspección, vigilancia y control en los municipios de categoría diferente.
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