Laboral
Sancionada ley que crea el empleo de emergencia
La figura se podrá utilizar por un año desde la declaratoria de la emergencia o desastre.23 de Diciembre de 2011
El pasado 21 de diciembre, el Gobierno sancionó la ley que crea el empleo de emergencia para los damnificados y afectados en zonas declaradas en emergencia económica, social y ecológica o en situación de desastre o calamidad pública (L.1488/11).
La figura, que se podrá utilizar por un año desde la declaratoria de la emergencia o desastre, les permite a las entidades públicas y privadas la contratación excepcional y temporal de personas damnificadas para ejecutar actividades de rehabilitación, reconstrucción, mejora de áreas públicas, construcción de vivienda y otras actividades encaminadas a recuperar las zonas afectadas.
Las personas que pretendan acceder al empleo deben ser mayores de edad y acreditar su condición de afectado. Una vez contratadas podrán devengar entre 1 y 2,5 salarios mínimos y deberán ser afiliadas por el empleador al Sistema General de Seguridad Social y al Sistema de Pensiones.
Por otro lado, la norma dispone que los empleadores que usen indebidamente la figura serán sancionados por la autoridad competente.
Se destaca que el Ejecutivo, a través del Decreto 4691 del pasado 12 de diciembre, reglamentario del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, restableció el empleo de emergencia para los afectados por la ola invernal.
(L. 1488, Dic. 21/11)
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