15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Sanción por indemnización moratoria requiere análisis de elementos subjetivos de la conducta del empleador (1:43 p.m.)

11 de Septiembre de 2015

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Nota:
103125
El alto tribunal reiteró que la indemnización moratoria debe estar precedida del análisis detallado y riguroso por parte del juzgador de los elementos que lleven a determinar si existieron razones de peso para no efectuar el pago correspondiente de los beneficios laborales. De ese modo, concluyó que la sanción no puede ser automática ante la no cancelación de los derechos que le asisten al trabajador, pues la existencia del contrato de trabajo, así como la circunstancia de la no cancelación de las acreencias no implican necesariamente un comportamiento constitutivo de mala fe del deudor. En ese sentido, se crea en el juez un deber de determinar las razones subjetivas que tuvo el empleador para no reconocer los derechos derivados de la legislación del trabajo a la finalización del vínculo laboral, a fin de determinar que su conducta no estuvo revestida de buena fe (M.P. Rigoberto Echeverri).

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