15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 17 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


Reiteran que el reconocimiento de pensión de sobrevivientes puede hacerse mediante tutela, incluso si se incumple el principio de inmediatez de la acción (4:00 p.m.)

28 de Septiembre de 2011

Reproducir
Nota:
75982
La Corte Constitucional reiteró que la acción de tutela para obtener el reconocimiento del derecho a la pensión de sobrevivientes es excepcional, y procede cuando la negativa afecta de manera directa el mínimo vital de la familia del causante, que con su ausencia deja sin manutención el hogar y sin recursos para satisfacer necesidades básicas. Además, recordó que para declarar la improcedencia de la acción de tutela por el incumplimiento del requisito de inmediatez no es suficiente comprobar que ha transcurrido un periodo considerable desde la ocurrencia de los hechos, sino que se debe valorar si la demora en el ejercicio de la acción tuvo su origen en una justa causa que explique la inactividad del accionante. El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al amparar los derechos al mínimo vital y a la seguridad social y ordenar el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes a una mujer a la que se le negó el beneficio porque no acreditó los requisitos legales exigidos para acceder a tal prestación, por no tener 50 semanas cotizadas en los últimos tres años anteriores al fallecimiento. Además, se le negó la indemnización sustitutiva de pensión de sobrevivientes, aduciendo la prescripción de la prestación, por haber dejado transcurrir más de un año para solicitarla (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)