Regulan requisitos mínimos de seguridad para trabajos en espacios confinados (2:37 p.m.)
02 de Marzo de 2020
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Nota:
114791
Mediante la Resolución 0491 del 2020, el Ministerio del Trabajo estableció los requisitos mínimos para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores que desarrollan actividades en espacios confinados (la norma define y precisa la clasificación de estos espacios). El empleador y/o contratante deberá realizar una identificación, señalización y evaluación de la naturaleza y localización de dichos espacios y tomar las medidas necesarias para mitigar o eliminar las condiciones que hacen que un sitio sea denominado así. Además, debe establecer las medidas de prevención y control enfocadas en la gestión de peligros en los espacios confinados que no se hayan eliminado teniendo en cuenta los controles previstos en la presente resolución. Igualmente, prevé que se documente un programa de gestión para trabajo en espacios confinados, articulado con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-SST de la empresa y enfocado a la actividad que desarrolla en los espacios de trabajo.
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