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Reglamentan sistema de recaudo de aportes para los BEP

20 de Octubre de 2014

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Por medio del Decreto 2087, el Ministerio del Trabajo reglamentó el sistema de recaudo de aportes de las personas vinculadas al servicio social complementario de beneficios económicos periódicos (BEP).

 

La norma, expedida el pasado 17 de octubre, señala que podrán ser operadores del sistema las personas que operen canales tradicionales o alternativos de recaudo. Las entidades involucradas, advirtió, deberán abstenerse de incurrir en prácticas comerciales restrictivas del libre mercado. Además, se deberá permitir la interconexión de los operadores de recaudo con el sistema transaccional de Colpensiones.

 

Igualmente, los operadores deberán garantizar las transferencias diarias de los dineros recaudados a las cuentas y entidades bancarias que Colpensiones defina para el manejo de los recursos.

 

Esta entidad suscribirá acuerdos de servicio que indiquen, entre otros aspectos, las características de operación del sistema, las obligaciones establecidas para cada uno de los actores, el costo de las transacciones financieras y el instrumento, tecnología o sistema de pago para realizarlas.

 

El incumplimiento de las obligaciones, características y requerimientos de operación, seguridad, transparencia, igualdad de acceso y conectividad dará lugar a que Colpensiones adelante las acciones legales que correspondan.

 

Las personas que se afilien a cualquiera los regímenes del Sistema General de Pensiones podrán solicitar su vinculación a los BEP. Para ello, las administradoras del sistema deberán brindarles información y enviar a Colpensiones el anexo del formulario de afiliación que se establezca.

 

Lo anterior, con el fin de que esa entidad verifique el cumplimiento de los requisitos y le informe directamente al interesado si su solicitud fue aceptada, así como las condiciones, beneficios, monto de los subsidios y/o incentivos y riesgos que voluntariamente asume al ingresar a dicho mecanismo de manera expresa y detallada.

 

(Ministerio del Trabajo, Decreto 2087, oct. 17/14)

 

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