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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Reglamentan afiliación de estudiantes al Sistema de Riesgos Laborales

15 de Enero de 2015

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A través del Decreto 055 del pasado 14 de enero, el Ministerio de Salud (Minsalud) fijó las reglas de afiliación y pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales de los estudiantes de instituciones públicas y privadas que cumplan las condiciones señaladas en el literal a) del numeral 4º del artículo 13 del Decreto 1295 de 1994, modificado por el artículo 2º de la Ley 1562 del 2012.

 

La norma cobija a los estudiantes que ejecuten trabajos que generen ingresos para la entidad correspondiente o realicen prácticas como requisito de grado, siempre y cuando involucren un riesgo ocupacional.

 

Dichas prácticas deben realizarse en el marco de la educación media técnica y superior, los programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores y los de formación laboral de la educación para el trabajo y el desarrollo humano, indica la disposición.

 

Adicionalmente, quienes estén realizando prácticas ad honorem y no tienen matrícula vigente, por orden de los reglamentos internos del establecimiento educativo, también se beneficiarán del nuevo decreto.

 

La afiliación ante la administradora de riegos laborales debe hacerse al menos un día antes del inicio de la actividad pertinente, sin que esta obligación ni el pago puedan trasladarse al estudiante. La cobertura inicia el día calendario siguiente a ese trámite y se mantendrá vigente durante el tiempo que dure la práctica.

 

En cuanto a la cotización, esta se realizará sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente. El pago se hará mediante la planilla integrada de liquidación de aportes, en las fechas establecidas para las personas jurídicas. 

 

Por otra parte, los estudiantes están obligados a usar los elementos de protección personal necesarios y a cumplir las recomendaciones en materia de prevención, mientras que la institución correspondiente deberá que capacitarlos en las medidas de prevención y control.

 

Cabe destacar que el Decreto 055 entrará en vigencia el próximo 1º de febrero y modifica el artículo 15 de Decreto 2376 del 2010.

 

(Ministerio de Salud, Decreto 055, ene. 14/15)

 

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